Reiterando la solicitud hecha en febrero de 2014, y con motivo del pliego de cargos proferido por el procurador Alejandro Ordóñez, la defensa del congresista Iván Cepeda pidió el otorgamiento de medidas cautelares en su beneficio. Para los juristas, el senador Cepeda juega un rol trascendental en los diálogos de paz, y el proceso disciplinario en su contra “se percibe como un elemento más de la estrategia del procurador para atacar el proceso de paz”.
BOGOTÁ, 18/11/2015. Mediante un escrito radicado este miércoles ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional Cejil y Colectivo de abogados José Alvear Restrepo, pidieron la adopción de medidas cautelares a favor del senador Iván Cepeda Castro, con fundamento en lo dispuesto en el Reglamento de la Comisión y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “en atención al cumplimiento de los requisitos de gravedad y urgencia de la situación, así como a la condición de irreparabilidad del daño” que pueden sufrir el legislador y sus electores con una eventual sanción o destitución por parte del Ministerio Público.
La defensa le solicitó a la Comisión, dirigirse al Estado colombiano con el objeto de que suspenda el procedimiento disciplinario hasta que se produzca una decisión de fondo en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Para el grupo de juristas, en este momento el senador Cepeda Castro juega un rol trascendental en los diálogos de paz, y el proceso disciplinario en su contra “se percibe como un elemento más de la estrategia del Procurador para atacar el proceso de paz”.
En la solicitud, también se le pide a la CIDH que le solicite al Estado colombiano que, a través de la Fiscalía General de la Nación, se adelanten las acciones necesarias para investigar las posibles conductas punibles en las que pudo incurrir el Procurador General de la Nación en el procedimiento adelantado contra el congresista.
ADJUNTO EL ESCRITO RADICADO Y AUDIO DEL SENADOR.
FICINA DE PRENSA SENADOR IVÁN CEPEDA.