Actores radicaron proyecto que garantiza sus derechos laborales, culturales y de autor
Con la autoría de más de 30 congresistas de todos los partidos políticos, y el apoyo de varias organizaciones, la Asociación colombiana de actores ACA, radicó el proyecto de ley que establece el Estatuto del actor, y la profesionalización de la labor actoral. La iniciativa regula las condiciones de trabajo con garantías de seguridad social para asegurarles una vejez digna a los profesionales de la actuación en Colombia.
Bogotá, 20/04/2016. La Asociación de Actores Colombianos (ACA) comenzó hace dos años a trabajar en la propuesta que hoy se radicó como proyecto de ley, y que busca garantizar los derechos laborales, culturales y de autor, de ese gremio.
La propuesta contempla reducir la intermitencia e inestabilidad laboral de los actores y crea una Subcuenta del Fondo de Solidaridad Pensional, destinada a subsidiar los aportes al Régimen General de Pensiones de los actores profesionales.
“El subsidio se concederá para reemplazar los aportes del actor o actriz como trabajador independiente, durante los periodos de tiempo en los que no esté vinculado contractualmente y como excepción a lo contemplado en el inciso segundo del artículo 26 de la Ley 100, la base de cotización será del promedio del valor cotizado en los últimos seis meses”, estipula el proyecto.
Además, este gremio de artistas pide la profesionalización de su labor, que actualmente es considerada como un oficio, con el fin de que en todas las producciones audiovisuales, el 90 % de los actores contratados sean profesionales. Esto, según el proyecto, significa que tenga “un título profesional de maestro en artes escénicas o títulos afines; experiencia de trabajo actoral mayor de 10 años acumulados y certificados o la combinación entre educación informal, técnica o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mínimo de cinco años”.
La Asociación ACA explicó que por medio de esta ley serán protegidos los derechos patrimoniales (de autor y materiales) de los actores, pues muchas veces ellos deben ceder estos derechos cuando firman determinados tipos de contrato. “La imagen del actor en promoción de marcas deberá ser reconocida como contrato aparte en sus honorarios”, propone la ley, la cual añade: “La remuneración debe hacerse de forma separada al salario, honorarios o cualquier otra remuneración que corresponda a la labor o servicio desempeñado por el actor o actriz no podrá entenderse como parte de su remuneración”.