Senador Iván Cepeda pide inmediato cumplimiento de sentencia de la Corte sobre tierras de El Porvenir

Al conocerse este jueves el texto completo de la sentencia de la Corte Constitucional que amparó los derechos de la comunidad campesina de El Porvenir, en Puerto Gaitán (Meta), el senador Iván Cepeda advirtió que el Gobierno Nacional está en mora de acatar las distintas órdenes en relación con las 27 mil hectáreas de predios baldíos, cuya titularidad le revocó el Incoder a la familia Carranza en 2014.
BOGOTÁ, 3/11/2016. La Corte Constitucional tuteló el derecho al acceso a la tierra de los campesinos que habitan hace más de 40 años en la vereda El Porvenir, en una fallo emitido el pasado 11 de agosto y difundido en su totalidad este jueves. El Alto Tribunal, reconoce el derecho a la territorialidad campesina, y admite que los predios baldíos de la Nación cumplen una tarea fundamental para garantizar ese derecho.
La Corte le ordenó al Estado y a sus diferentes instituciones, establecer si en los predios baldíos de que trata la Resolución de revocatoria, continúa haciendo presencia la empresa ganadera “La Cristalina” (relacionada con la familia Carranza), ya sea de forma directa o a través de terceros, y que, en caso de ser así, debe adelantar la recuperación material de dichos bienes.
Para el senador Iván Cepeda, “la Corte es clara en que debe haber una adjudicación a favor de los campesinos que cumplan los requisitos, y reconoce que el Incoder ha sido negligente y que, desde la revocatoria de los títulos, nunca hizo una recuperación material de los terrenos”. El congresista le pidió al Gobierno Nacional “inmediato cumplimiento” de la sentencia y dijo que espera que el fallo sea una puerta para que se generen responsabilidades penales, incluyendo la de funcionarios del Estado que hayan obrado para favorecer intereses de particulares, en menoscabo de los derechos de los campesinos.
El legislador también destacó el pronunciamiento de la Corte frente a la improcedencia de proyectos como las denominadas Zidres. “Ninguna política de este tipo puede crearse, implementarse o adelantarse hasta que no se defina la concerniente a los derechos de la población campesina tutelante”, afirmó el Máximo Tribunal.