COMUNICADO BANCADA DE VÍCTIMAS
CASO URIBE
Bogotá D.C., 21 de octubre de 2025.- En calidad de víctimas y representantes de víctimas, en el proceso que se sigue en contra del expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez, nos permitimos informarle a la opinión pública que:
1.- En ejercicio de nuestros derechos, interpondremos recurso de casación ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, contra la decisión adoptada el día de hoy, por los magistrados Manuel Antonio Merchán y Alexandra Ossa Sánchez, de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual revocaron la sentencia de primera instancia proferida el 1 de agosto de 2025, por el Juzgado 44 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, que había condenado a Álvaro Uribe Vélez, por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Asimismo, evaluaremos la posibilidad de acudir ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, para hacer valer nuestros derechos a la justicia y a la verdad.
2.- Como lo señaló, fundadamente, en salvamento parcial de voto, la magistrada María Leonor Oviedo Pinto, no procedía la exclusión de las interceptaciones del abonado celular de Álvaro Uribe Vélez, por cuanto: (i) fueron trasladadas lícitamente como hallazgo imprevisto; y, (ii) tal determinación, vulnera el principio de seguridad jurídica y el precedente judicial, al desconocer las decisiones adoptadas por autoridades de cierre en este asunto. También, consideró que la conducta de Uribe Vélez es típica y dolosa y, en consecuencia, debió ser condenado por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
3.- La segunda instancia incurrió en errores de hecho al momento de apreciar y valorar las pruebas, primero, se abstuvo de valorar y apreciar pruebas practicadas en el juicio y, segundo, a otras les dio un valor que no tenían, distorsionando y tergiversando su contenido. Estos yerros repercutieron en la motivación y en la decisión adoptada por la segunda instancia, y la llevaron, equivocadamente, a revocar la decisión condenatoria, de primera instancia.
4.- Los elementos materiales probatorios aportados al juicio oral, contrario a lo dicho por la segunda instancia, dan cuenta, sin asomo de duda, de la realización de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, por los cuales fue condenado Uribe Vélez, en primera instancia, así como del acto de determinación que éste ejerció, entre otros, sobre el abogado Diego Javier Cadena Ramírez.
Iván Cepeda Castro
Víctima
Deyanira Gómez Sarmiento
Víctima
Reinaldo Villalba Vargas
Representante de víctima
Miguel Ángel Del Río Malo
Representante de víctima
Juan David León Quiroga
Representante de víctima

