Aprobado en primer debate proyecto de ley que protege a cuidadores no remuneradosAprobado en primer debate proyecto de ley que protege a cuidadores no remunerados

 

  • En el país, el trabajo no remunerado de cuidador lo proveen las mujeres en el 76,2% y los hombres en el 23.8%, según el DANE.
  • Esta labor es el principal factor por el que las mujeres no pueden trabajar.
  • En el mundo 647 millones de mujeres en edad de trabajar se dedican de tiempo completo al trabajo de cuidados no remunerado,  frente a  41 millones de hombres que hacen lo mismo.

 

Bogotá, D.C., 21 de septiembre de 2022.- La Comisión Segunda de Senado aprobó por unanimidad, en primer debate, el Proyecto de Ley No. 077 de 2022 Senado, que brinda igualdad de oportunidades a las personas trabajadoras que cumplen funciones de cuidadoras no remuneradas.

 

Así, Colombia inicia el proceso de ratificación del Convenio 156 sobre la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares, que adoptó la 67a. Conferencia Internacional del Trabajo, en Ginebra (Suiza), el 23 de junio de 1981.

 

La iniciativa busca instaurar la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación entre los trabajadores y las trabajadoras que tienen responsabilidades con respecto de sus hijos o de otros miembros de su familia que necesiten su cuidado o sostén.

 

En ese sentido, el objetivo del Convenio busca que esta población se pueda desempeñar en un empleo sin discriminación y, en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades profesionales y familiares.

 

Con la ratificación de este Convenio, los ponentes de la iniciativa, los senadores Iván Cepeda, Jael Quiroga y Antonio José Correa, buscan que el Estado colombiano adopte todas las medidas posibles, especialmente para permitirles el derecho a elegir libremente su empleo, a integrarse a la población activa y a reintegrarse en un empleo tras una ausencia ocasionada por sus responsabilidades de cuidadores.

 

Igualmente, se tendrá  en cuenta sus necesidades en cuanto a sus condiciones de empleo, de seguridad social y de planificación de las comunidades regionales o locales. Además, desarrollar o promover servicios comunitarios, tales como los de asistencia a la infancia.

Según estudios, “la organización social del cuidado en Colombia es familista y patriarcal” y las niñas y mujeres son las principales proveedoras de cuidados en las familias.

 

“La ley 1413 de 2010 conocida como ley de Economía del Cuidado permite reconocer que en Colombia si se cuantificara el trabajo de cuidado no remunerado. Su aporte al PIB equivaldría al 20%, mucho más que el valor agregado que genera cualquiera de las ramas de servicios financieros” advirtió el senador Cepeda.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de uso del Tiempo (ENUT) realizada por el DANE, entre septiembre de 2020 y agosto de 2021, las colombianas dedican en promedio 7 horas y 46 minutos al día en actividades de trabajo no remunerado, los hombres 3 horas y 6 minutos. A esto es necesario añadir el tiempo dedicado al trabajo remunerado.

Ahora bien, ese esfuerzo adicional de trabajo se ve reflejado casi que inversamente en el ingreso laboral. Las estadísticas del DANE dan cuenta de que el ingreso laboral promedio mensual de las personas trabajadoras con responsabilidades familiares es 27% menor para las mujeres en comparación con los hombres. En paralelo, las mujeres que no tienen responsabilidades familiares ganan 11% más que las que sí lo tienen.

“Con nuestra ponencia se avanza en el reconocimiento de Colombia al trabajo de cuidado no remunerado y al compromiso de cerrar brechas de género a nivel laboral. Este tratado impulsa el Sistema Nacional de Cuidado” concluyó el senador Iván Cepeda.

A su vez, el programa de gobierno del presidente Gustavo Petro y la vicepresidenta Francia Márquez plantea la creación de un Sistema Nacional de Cuidado que “reconozca y recompense, reduzca y redistribuya el trabajo de cuidado feminizado a través de instrumentos de política pública que integren esfuerzos del Estado, el sector privado y la comunidad en articulación con la economía popular”.

El DANE señala que esta funcionalidad se integra por las siguientes actividades:

 

  • Jugar, contar o leer cuentos y llevarlos al parque a menores de 5 años.
  • Alimentar.
  • Bañar o ayudar a otras personas del hogar a hacerlo.
  • Suministrar medicamentos, hacer terapias a otras personas del hogar.
  • Ayudar con las tareas escolares.
  • Acompañar a citas médicas (atención y traslados).
  • Llevar o traer a una persona del hogar al sitio de estudio
  • Llevar o traer a una persona del hogar a eventos sociales, culturales o recreativos

 

Foto tomada de: https://medipense.com/