COMUNICADO

Víctimas y representantes de víctimas del caso Uribe amplían denuncia en contra del fiscal Gabriel Ramón Jaimes, por los presuntos delitos de prevaricato por acción y por omisión

 Bogotá D.C., 18 de mayo de 2022.- El día de ayer, Iván Cepeda Castro y Eduardo Montealegre Lynett, en su calidad de víctimas, y los abogados Reinaldo Villalba Vargas y Miguel Ángel Del Río Malo, representantes de víctimas, en la investigación que se sigue contra el imputado Álvaro Uribe Vélez, por los presuntos delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, presentaron ante la Fiscalía General de la Nación, ampliación de la denuncia radicada el 8 de marzo de 2021, contra el fiscal sexto delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes Durán, por los presuntos delitos de prevaricato por acción y por omisión.  Lo anterior, con fundamento en las siguientes razones:

1.- La decisión del Juzgado 28 Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento, de 27 de abril de la anualidad, mediante la cual negó la solicitud de preclusión presentada por el fiscal Gabriel Ramón Jaimes Durán, demuestra, con alto grado de probabilidad de verdad, que la conducta delictiva existió y el imputado Álvaro Uribe Vélez es su autor, en calidad de determinador. Decisión que por su contundencia el fiscal Jaimes se abstuvo de impugnar.

2.- Durante la actuación procesal, el fiscal Jaimes obstruyó el derecho de las víctimas a recibir información, por lo que tuvieron que acudir al juez de tutela para que se le ordenara que hiciera entrega completa y oportuna de la misma. Asimismo, orientó su actuación a favorecer al imputado Uribe Vélez, y a desconocer las decisiones adoptadas en este caso, por la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Superior de Bogotá, en su Sala Penal, y el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá.

3.- En la actuación procesal se evidenciaron patrones en la conducta del fiscal Jaimes que dan cuenta de su interés evidente de favorecer a Álvaro Uribe Vélez, tales como: i) parcialidad a favor del imputado; ii) desconocimiento de lo actuado ante la Corte Suprema de Justicia y de decisiones adoptadas por Jueces de la República en la investigación; iii) aseveraciones en favor del imputado, sin sustento jurídico o fáctico; iv) uso de eufemismos para encubrir su precaria actividad investigativa.

4.- En la actuación hubo graves omisiones investigativas por parte del fiscal Jaimes, quien direccionó la investigación desechando las reglas de la experiencia y, en consecuencia, prescindió de valorar, de manera integral, el material probatorio y se abstuvo de profundizar otras líneas de investigación.

5.- El fiscal Jaimes, de manera temeraria y deleznable, compulsó copias en contra de Iván Cepeda Castro, víctima en el proceso, así como en contra de Deyanira Gómez (víctima) y Juan Guillermo Monsalve Pineda (testigo de cargo). Esta maniobra intimidatoria fue tan mendaz y absurda que, en el caso de Iván Cepeda, apoyó su decisión en declaraciones de testigos respecto de los que la Corte Suprema de Justicia concluyó que faltaron a la verdad, por lo que compulsó copias para que se investigara el presunto falso testimonio en que incurrieron.

6.- Finalmente, el fiscal Jaimes, pese a los abundantes elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida que obra en la actuación, recogida por la Corte Suprema de Justicia, y que da cuenta de la presunta responsabilidad del imputado Uribe Vélez en los hechos que se investigan, desplegó una actividad investigativa tendiente a desacreditar a las víctimas y a los testigos de cargo, y de manera arbitraria y contraria a derecho, así como a las reglas de la sana crítica, presentó escrito de preclusión.

 

IVÁN CEPEDA CASTRO                       EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT

Víctima                                                     Víctima

 

REINALDO VILLALBA VARGAS        MIGUEL ÁNGEL DEL RÍO MALO

Representante de víctima                    Representante de víctima